Ciudad de México, septiembre de 2026
Debido a un video que circuló hace un par de meses en TikTok, casi en un tono conspiratorio sobre si las transacciones que se hacen en «Mercado Pago son reportadas al SAT». Como suele pasar con los rumores fiscales en México, tiene una parte de verdad y una buena dosis de exageración comenta, Noé Amaro Luis, abogado especialista en Derecho Fiscal y Prevención de Riesgos Financieros de AYA Legal & Compliance, quien despeja las dudas sobre el tema.
El antecedente: no es nuevo, es la regla del juego
El especialista explica que “desde hace años, el sistema financiero mexicano opera bajo un principio simple: quien mueve tu dinero, tiene que poder explicarle al fisco de dónde salió y a dónde fue.
“Los bancos lo han hecho siempre. Cuando llegaron las fintech —Mercado Pago, Nu, Klar y compañía— la pregunta obligada fue: ¿aplica lo mismo para ellas? La respuesta, con la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (la «Ley Fintech») de 2018, fue clara: sí.
“Mercado Pago opera en México como Institución de Fondos de Pago Electrónico (IFPE), y eso la coloca en la misma categoría regulatoria que un banco para efectos de supervisión. No es una app que decidió «portarse bien» con el SAT; es una obligación que viene de ley”, expone.
Por ello dice que hay tres piezas legales que lo sostienen y las explica de manera fácil.
Código Fiscal de la Federación, artículo 32-B. Obliga a las entidades financieras al entregar al SAT la información de cuentas y movimientos que la autoridad les solicite. Es el mismo artículo que aplica a cualquier banco tradicional.
Ley Fintech. Somete a Mercado Pago a la supervisión de la CNBV y del Banco de México, lo que incluye reportes regulares de operaciones.
Régimen de plataformas tecnológicas (LISR y LIVA, reforma 2020). Aquí está el matiz importante: cuando una plataforma no solo procesa el pago sino que además intermedia la venta (piensen en Uber, Airbnb, Amazon o Mercado Libre como marketplace), está obligada a **retener** ISR e IVA directamente de cada operación. Eso es distinto a «reportar»: aquí ya te descuentan el impuesto antes de que el dinero te llegue.
Amaro expone que la confusión típica en redes es mezclar estos tres puntos como si fueran uno solo, y de ahí salen datos como el famoso «arriba de 15 mil pesos te reportan». Esto en realidad corresponde a otra regla, solo a la de depósitos en efectivo bancarios y que está mal aplicada al caso de Mercado Pago.
Ejemplo Cotidiano
Para ello el experto en derecho fiscal pone un ejemplo sencillo:
“Imaginemos a Lupita, que vende ropa por redes sociales y cobra con el link de pago de Mercado Pago. Si sus ventas son ocasionales y bajas, probablemente no pasa nada distinto a lo de siempre. Pero si Lupita empieza a recibir depósitos constantes, mes tras mes, con un patrón que se parece más a un negocio que a una venta de garage, ese comportamiento es precisamente el tipo de información que el sistema está diseñado para hacer visible. No porque alguien la esté «espiando», sino porque el patrón de ingresos recurrentes es, por definición, indicio de actividad económica que debería estar declarada el SAT”.
La recomendación final: el problema no consiste en cobrar, sino en no poder explicarlo
Para Amaro Luis, la tecnología no creó una nueva obligación fiscal, solo hizo más visible una que ya existía. El verdadero riesgo no es usar Mercado Pago, Nu o cualquier otra plataforma. El riesgo es no tener claridad sobre el “origen de los recursos” que entran a esas cuentas.
“Mi recomendación práctica es manejar finanzas sanas, no de estrategias para «esconderse» del SAT —porque esas estrategias, tarde o temprano, salen más caras que pagar el impuesto correspondiente”, y ofrece cuatro puntos clave para llevarlas a cabo.
1.- Separa cuentas. Si tienes actividad de negocio, no la mezcles con tu cuenta personal. Facilita todo, desde la declaración hasta una eventual aclaración con la autoridad.
2.- Documenta el origen. Guarda comprobantes, contratos o facturas que respalden de dónde viene cada ingreso relevante. Es tu mejor defensa si algún día el SAT pregunta.
3.- Declara conforme a tu régimen. Si tus ingresos ya tienen cierta regularidad, vale la pena evaluar con un contador si conviene formalizarte como persona física con actividad empresarial.
4.- No le temas a la transparencia, témele a la improvisación. El SAT no persigue a quien cobra por Mercado Pago; persigue a quien no puede sostener con papeles la historia de su dinero.
Finalmente agrega “La pregunta no debería ser «¿me está viendo el SAT?» —la respuesta técnica siempre fue “sí”—, sino «¿tengo mis finanzas en orden para que eso no sea un problema?».
Esa es la diferencia entre vivir con sobresaltos fiscales y tener, simplemente, sanas finanzas.
Licenciado Noé Amaro Luis
Abogado Mexicano especializado principalmente en Derecho Fiscal, Financiero y Prevención de Lavado de Dinero. Tiene una maestría en Derecho Constitucional, Abogado de la FSTSE. Ha tenido experiencia tanto en el sector público como privado, incluyendo su participación en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en distintas áreas. Cargos jurídicos en el Congreso de la Unión , ejercicio en despachos de alto nivel como Basham, Ringe y Correa. Actualmente es Presidente del Consejo de Administración de Luom Parametric. Socio fundador de AYA L&C, enfocada en asesoría corporativa, fiscal y regulatoria y ACCURATE TAX Compliance, Como especialista ha tenido intervenciones en Forbes y Grupo Milenio TV, El Heraldo Radio. En la parte técnica es especialista en Litigio y Estrategia Legal, Cumplimiento normativo (copliance) y Prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
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