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Ciudad de México, febrero de 2022.
La International Chamber of Commerce México (ICC México), a través de su Comisión Anticorrupción, manifiesta su profunda preocupación por la publicación de información personal de un periodista por el titular del Poder Ejecutivo Federal, e igualmente expresa su desconcierto por la solicitud del Presidente de la República al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para que “… lleve a cabo una investigación para hacer públicas las percepciones, los bienes y el origen de la riqueza que posee el señor Carlos Loret de Mola, socios y familiares”.
La libertad de prensa, la privacidad de datos personales y el acceso a la información gubernamental constituyen derechos humanos que se encuentran consagrados en la Constitución mexicana y en diferentes tratados internacionales que ha adoptado México. Dichos derechos son tan importantes que resultan necesarios para la existencia de la democracia y el Estado de Derecho. Por estas razones, todo gobierno tiene el deber de protegerlos y garantizarlos.
Asimismo, la libertad de prensa es fundamental para garantizar la pluralidad y el disenso necesarios para generar un diálogo público, responsable, informado y democrático. Conforma un pilar del sistema de pesos y contrapesos que ayuda a mantener el balance en el gobierno.
En ICC México creemos firmemente que los gobiernos no deben limitarse simplemente a cumplir con su obligación de no interferir en el libre ejercicio del periodismo, tal como lo han reconocido la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos,[1] sino que además deben ser los principales promotores y guardianes de una prensa libre y crítica del poder público.
El INAI es un órgano constitucional autónomo que fue creado para garantizar (1) la protección de los datos personales de la ciudadanía y, (2) el acceso a la información pública, incluidas las obligaciones del gobierno en materia de transparencia y rendición de cuentas.
En ICC México reconocemos y aplaudimos el apego a la legalidad e independencia del INAI en la postura emitida al respecto por su Comisionada Presidenta, en representación del Pleno de dicho Instituto, el pasado 16 de febrero de 2022.
La confrontación y ataques de autoridades a ciudadanos, periodistas, medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil y órganos autónomos demeritan la fortaleza de nuestra democracia e impactan negativamente en la capacidad de México para atraer y retener inversiones nacionales e internacionales, teniendo consecuencias lamentables para todos, pues agudizan la desigualdad social y pulverizan las potenciales fuentes de empleo formal y digno para el desarrollo de México. Dichas conductas no deben de tener cabida en un régimen democrático y plural, en donde la ley está por encima de todos, incluido el Poder Ejecutivo Federal.
Desde la Comisión Anticorrupción de ICC México exhortamos al Presidente de la República a cesar la confrontación con periodistas, medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil y órganos autónomos, y a que, por el contrario, garantice con políticas públicas y acciones inmediatas, el libre ejercicio de la libertad de prensa, el derecho a la información pública y la privacidad de los datos personales en apego a la Constitución y los tratados internacionales.
Sobre la International Chamber of Commerce México (ICC México)
ICC México representa y apoya a las empresas establecidas en nuestro país en el ámbito nacional e internacional, con el fin de impulsar el crecimiento económico, la apertura comercial y alentar la inversión a nuestro país. Nuestro trabajo es autónomo, apartidista y busca incidir en el progreso de México para lograr una nación más justa, competitiva e incluyente, para que las personas y las empresas puedan desarrollar todo su potencial.
A nivel global contamos con 130 Comités Nacionales en todo el mundo y somos organismo consultivo de la ONU, OMC, OCDE, G8, G20, Banco Mundial, Business Industry and Advisory Council (BIAC), Organización Internacional de Trabajo (OIT), y Organización Internacional de Empleadores (OIE).
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Contacto para medios: Renato Consuegra (difunet@gmail.com) WA: 5549097270, renato.consuegra@difunet.mx
[1] Tesis P./J. 25/2007, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XXV, mayo de 2007, p. 1520. En el mismo sentido: Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso San Miguel Sosa y otras Vs. Venezuela. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 8 de febrero de 2018. Serie C No. 348, párr. 155., y Caso Manuel Cepeda Vargas Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de mayo de 2010. Serie C No. 213, párr.172.
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