julio 27, 2024

EMPREFINANZAS

ABRIENDO NUEVOS CAMINOS HACIA LA INFORMACION

El punto sobre la i

Arturo Damm

Nada garantizan, desde las constituciones, hasta los reglamentos de tránsito, sin la decisión de cada quien de respetarlos.

Félix de Jesús

Los seres humanos hacemos reglas para normar nuestro comportamiento, y normamos nuestro comportamiento para respetar los derechos de los demás o, dicho de otra manera, para actuar con justicia, siendo ésta, según la clásica definición de Ulpiano, la constante y perenne voluntad de darle a cada quien lo suyo, siendo lo suyo de cada quien, esto lo digo yo, el derecho de cada cual.

La justicia es la virtud por la cual respetamos los derechos de los demás, comenzando por los naturales, aquellos con los que la persona es concebida: vida, libertad y propiedad, libertad de la cual surgen los derechos contractuales, aquellos que cada quien adquiere voluntariamente por así haberlo acordado con alguien más.

Las reglas hechas por los seres humanos tienen una desventaja que, paradójicamente, es también una ventaja.

La desventaja es que no basta con redactar, expedir y promulgar una ley para que las personas la cumplan. Entre la promulgación de una ley y su cumplimiento está la decisión de cada quien de cumplirla. Está la libertad. Entre el “debo hacer esto” y el “hago esto” está la decisión de hacerlo. Es por ello que, como lo señala Félix de Jesús, el que haya leyes, comenzando por las normas jurídicas, no garantiza, por sí mismo, nada. Las reglas hechas por el ser humano (por ejemplo: el derecho positivo, desde constituciones hasta reglamentos de tránsito), no se imponen necesariamente, como sí lo hacen las leyes de la naturaleza (por ejemplo: las leyes de la física, la química y la biología).

Esta desventaja (no basta con la promulgación de una ley para que se cumpla), es clara cuando se trata de leyes justas, que reconocen plenamente, definen puntualmente y garantizan jurídicamente los derechos de las personas, tanto los naturales como los contractuales, leyes justas que, precisamente por serlo, deben respetarse. Si no se respetan perdemos todos.

Pero la desventaja se vuelve ventaja cuando se trata de leyes injustas, que no reconocen plenamente, no definen puntualmente, y no garantizan jurídicamente, los derechos de las personas, leyes injustas que las hay, y ante las cuales lo correcto es desobedecer, ya que obedecer una ley injusta, precisamente por serlo, conlleva cometer una injusticia.

Y, ya sean justas o injustas, que no baste con la promulgación de una ley para que todos la cumplan es algo positivo porque, si bastara con su promulgación para que todos obedecieran lo que la ley ordena, el legislador, que hace las leyes, que dicta las normas, tendría el poder para predeterminar la conducta humana, según su visión de cómo debe comportarse la persona, de cómo debe organizarse la sociedad. Si ese fuera el caso todas las personas seríamos hombres masa en las manos del legislador, y no por multitudinarios, sino por inertes. Seríamos materia prima, masa amasable, objetos más que sujetos, como las piezas del ajedrez sobre el tablero, en las manos del legislador que, por alguna extraña razón, no compartiría con el resto de las personas esas características.

El que, desde las constituciones hasta los reglamentos de tránsito, por sí mismos, al margen de las decisiones de cada quien, no garanticen nada, tiene sus ventajas.

Por ello, pongamos el punto sobre la i.