marzo 10, 2026

EMPREFINANZAS

ABRIENDO NUEVOS CAMINOS HACIA LA INFORMACION

El punto sobre la i

Arturo Damm

Es una noción peligrosa el que necesitemos un gobierno para protegernos de nosotros mismos.

Ron Paul

Centro la atención en “para protegernos de nosotros mismos”, entendiéndolo como “para protegerme de mí mismo”, para protegerme del daño que pueda hacerme a mí mismo, protección que, si creemos necesitar un gobierno que nos la proporcione, supone al gobierno ángel de la guarda, cuya tarea sería preservarnos de todos los males, comenzando por los que podríamos hacernos a nosotros mismos, por ejemplo, consumiendo drogas, gobierno ángel de la guarda que resulta, en algunos casos innecesario, y en otros violador del derecho a la libertad individual.

¿En qué  casos resulta innecesario el gobierno ángel de la guarda? En los que la persona no se hace daño a sí misma. En tales casos no hace falta un gobierno ángel de la guarda que le prohíba hacerse daño a sí misma, porque ella, por sí misma, no se hace daño. Y escribo “prohíba” y no “evite”, porque a lo más a lo que puede llegar el gobierno ángel de la guarda es, por ejemplo, a prohibir el consumo de drogas, no a evitarlo. Si tuviera la eficacia para evitarlo, y no solo prohibirlo, no habría drogadicción. Y la hay.

¿En qué casos el gobierno ángel de la guarda viola el derecho a la libertad individual? En los casos en los que prohíbe, a las personas que se hacen daño a sí mismas, hacérselo, pudiendo inclusive llegar a castigarlas si se lo hacen, todo lo cual puede responder a una buena intención, que las personas no se dañen a sí mismas, pero que, desde el punto de vista de la ética, por más buena que sea la intención, resulta injusto, ¡precisamente!, porque viola el derecho a la libertad individual para que la persona haga, siempre y cuando al hacerlo no viole derechos de otras personas, y siempre y cuando asuma el resigo y la responsabilidad, lo que dé la gana, incluyendo el hacerse daño a sí misma. ¿Qué derechos viola la persona que se hace daño a sí misma, por ejemplo, consumiendo drogas? Ninguno, al menos que creamos, ¡falsamente!, que la persona tiene el derecho de no hacerse daño a sí misma, derecho que no existe. Es más, tampoco existe la obligación de la persona de no hacerse daño a sí misma. Lo que existe es el interés (que no hay que confundir con derecho y/o con obligación), de no hacerse daño a sí misma.

La prueba de fuego del respeto a la libertad, por más que parezca absurdo, es el respeto a la libertad de la persona para dañarse a sí misma, asumiendo su responsabilidad.

¿Usted le reconoce al gobierno, cuyos tres poderes son prohibir, obligar y castigar, el derecho de prohibirle hacerse daño a sí mismo, de castigarlo si se lo hace, y de obligarlo a pagar impuestos para que le prohíba hacerse daño a sí mismo y para castigarlo si se lo hace? Más allá de que se lo reconozca o no, ¿tiene el gobierno ese derecho, que sería el derecho a violar su derecho a la libertad individual? El “derecho” de violar derechos, ¿es un derecho?

Otra manera de interpretar la frase de Paul es entender el “para protegernos de nosotros mismos” como “proteger a cada uno de las agresiones de los demás”, para lo cual se necesita, no del gobierno ángel de la guarda, sino del gobierno gobierno, cuyas tareas son: (i) prohibir que se violen derechos; (ii) prevenir la violación de derechos; (iii) castigar a quien viole derechos; (iv) obligar al violador a resarcir a la víctima. Este es el ejercicio correcto de los tres poderes del gobierno: prohibir, obligar y castigar, ejercicio que requiere de recursos, para lo cual el gobierno debe obligar a los ciudadanos a pagar impuestos, para lo cual debe prohibir la evasión tributaria, para lo cual debe castigar a quien la practique.

Para protegernos de las agresiones de los demás es para lo que necesitamos gobierno. No para protegernos de nosotros mismos.

Por ello, pongamos el punto sobre la i.