enero 13, 2026

EMPREFINANZAS

ABRIENDO NUEVOS CAMINOS HACIA LA INFORMACION

El punto sobre la i

Arturo Damm

Si queremos progreso hay que respetar a los empresarios.

Deidre McCloskey

Comienzo por la definición de progreso económico: la capacidad para producir más (dimensión cuantitativa) y mejores (dimensión cualitativa), bienes y servicios, para un mayor número de gente (dimensión social).

Primera pregunta: ¿de qué depende esa capacidad? De las inversiones directas, que son las que se destinan a producir bienes y servicios, a crear empleos (para producir alguien debe trabajar), y a generar ingresos (a quien trabaja se le paga por hacerlo).

Segunda pregunta, más importante que la anterior: ¿de quién depende esa capacidad? De los empresarios, agentes económicos que, con el fin de maximizar sus utilidades, lo cual logran si sirven a los consumidores como los consumidores quieren ser servidos (son éstos, no aquéllos, los que mandan), producen, ofrecen y venden bienes y servicios, creando empleos y generando ingresos, todo ello por medio de las inversiones directas.

Tercera pregunta: ¿de qué dependen las decisiones de los empresarios para invertir directamente en un país? De que sus derechos estén plenamente reconocidos, puntualmente definidos y jurídicamente garantizados. ¿A qué derechos me refiero? En primer lugar al derecho a la libertad para producir, ofrecer y vender. En segundo lugar al derecho a la propiedad privada sobre los medios de producción necesarios para poder producir, ofrecer y vender.

La propiedad privada es la condición de posibilidad del ejercicio de la libertad individual: si no eres propietario de los medios de producción no puedes trabajar por tu cuenta, y si no puedes trabajar por tu cuenta no puedes practicar la libertad individual para decidir qué producir, ofrecer y vender. Y eso, trabajar por su cuenta, y decidir libremente qué producir, ofrecer y vender, es lo que hacen los empresarios.

Cuarta pregunta: ¿qué implica respetar a los empresarios? Reconocer plenamente, definir puntualmente y garantizar jurídicamente sus derechos a la libertad individual para producir, ofrecer y vender, y a la propiedad privada sobre los medios de producción necesarios para poder producir, ofrecer y vender satisfactores, producción, oferta y venta de bienes y servicios que implica la creación de empleos (para producir alguien debe trabajar), y la generación de ingresos (a quien trabaja se le paga por hacerlo).

Quinta pregunta: ¿qué (ojo: qué, no quién) debe reconocer plenamente, definir puntualmente y garantizar jurídicamente los derechos de los empresarios? El marco institucional de cada país, comenzando por la constitución política, en la cual debe incluirse el siguiente párrafo: “Esta Constitución Política reconoce plenamente, define puntualmente y garantiza jurídicamente el derecho de los empresarios a la libertad individual para producir, ofrecer y vender, así como el derecho a la propiedad privada sobre los medios de producción, sin más límite que el respeto a los derechos de los demás. Por ello, el gobierno se abstendrá de planear, conducir, coordinar u orientar las actividades de producción, oferta y venta de bienes y servicios, así como de expropiar los medios de producción necesarios para ello”.

En ello consiste, usando el término de McCloskey, respeto a los empresarios, que muchas veces brilla por su ausencia y es sustituido por la agresión, contraria al progreso económico.

Por ello, pongamos el punto sobre la i.