“LA DEUDA GUBERNAMENTAL, ¿SE HA MANEJADO RESPONSABLEMENTE? ¿SE HA CONTRAÍDO CONFORME AL ARTÍCULO 73 CONSTITUCIONAL?”
Estas son las fuentes de financiamiento del gasto gubernamental (lo correcto es llamarlo gubernamental, no público): impuestos, deuda, producción de dinero y venta de activos. Hoy, en México, las principales fuentes de ingresos son los impuestos y la deuda, ambas manejadas pésimamente mal. Centro la atención en la segunda, la deuda, fuente de financiamiento a la cual han recurrido, de manera por demás irresponsable los gobiernos mexicanos, sobre todo el último, el de Peña. (¿Quiénes fueron los secretarios de Hacienda que propusieron al respecto? ¿Y los legisladores que dispusieron?)
Comienza por el artículo 73 de la Constitución, en el cual leemos que “ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos”, de tal manera que la única deuda gubernamental (a cualquier nivel) que se justifica es la que se invierte productivamente, es decir, para producir bienes y servicios por los cuales los consumidores estén dispuestos a pagar un precio, permitiéndole al gobierno, no solo incrementar sus ingresos, sino contar con los recursos necesarios para liquidar sus pasivos, tal y como debe ser, con cualquiera que contraiga deuda, ¡y el gobierno no es la excepción! Dicho sea de paso: eso, invertir productivamente, para producir bienes y servicios y ofrecérselos a los consumidores, es la tarea propia de la empresa privada, no del gobierno.
Enterados de lo que se afirma en el artículo 73 constitucional surge la pregunta: ¿cuánta de la deuda del gobierno (a todos los niveles) se ha contraído con la intención de realizar obras que directamente incrementen los ingresos gubernamentales? ¿Existe la información para poder responder la pregunta? Y si la respuesta es que no toda la deuda contraída por el gobierno se ha invertido productivamente, ¿quiénes son los responsables? ¿Dónde están? ¿Qué castigo han recibido?
¿Hasta qué punto el comportamiento del costo financiero de la deuda gubernamental nos sirve para responder la pregunta de si el endeudamiento del gobierno se ha contraído, tal y como lo apunta el artículo 73 de la Constitución, con el fin de generar un aumento en los ingresos gubernamentales, aumento que, ¡obviamente!, no debe proceder de un mayor endeudamiento? Analicemos su evolución.
En 1994, último año del sexenio de Salinas de Gortari, dicho costo sumó 237 mil 439 millones de pesos. En 2000, último año del gobierno de Zedillo, 413 mil 376. En 2006, último año de la administración de Fox, 390 mil 267. En 2012, último año del sexenio de Calderón, 368 mil 996. Cinco años después, en 2017, penúltimo año del gobierno de Peña, el costo financiero del gobierno federal sumó 533 mil 351 millones de pesos, más lo que se sume en este 2018. Con relación al último año de la administración de Calderón, durante los primeros cinco años de la administración de Peña, dicho costo aumentó 44.54 por ciento, más lo que se sume este 2018.
La deuda gubernamental, ¿se ha manejado responsablemente? ¿Se ha contraído conforme al artículo 73 constitucional?
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